jueves, 4 de diciembre de 2014

Participación FORO "Mis Deberes y Derechos como Aprendiz SENA" 

Cordial Saludo

En primera instancia felicitar a los Compañeros que han venido participando de manera activa en el presente Foro de Discusión; considero que ese es el verdadero aporte de este proceso coe-valuativo.

Con enorme satisfacción recibo sus observaciones, las cuales revelan el dominio e interés por llegar a la raíz de los eventos, condición excepcional de unos buenos Gestores de Mercado.

De conformidad con lo preceptuado en este Curso de Formación, así como, la experiencia personal adquirida, Me permito dar Respuesta los Interrogantes, de la Siguiente manera:

El Reglamento del Aprendiz Sena, en su Artículo 3°. Consagra:

Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de Formación Profesional de la Entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que Derechos y Deberes son correlativos e inseparables en su Proceso Formativo ARTÍCULO 7.

En el mismo sentido, El Reglamento del Aprendiz Sena, en su Artículo 7°. Consagra:

El Derecho es la potestad que tiene el Aprendiz de gozar de libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico e integral

CASO 2

De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una Solicitud Oficial para recibir los Juicios de evaluación de las evidencias presentadas:

1.) ¿En qué Capítulo, Artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

En la situación descrita en el Caso 2, considero que el Aprendiz Nicolás se encuentra en todo su Derecho de presentar dicha solicitud y, para ello dispone del correspondiente Fundamento Técnico y Legal. (Capítulo II Derechos del Aprendiz SENA)

Por lo tanto, le recomiendo que en su Solicitud haga Referencia al Artículo 7°. Del Reglamento del Aprendiz SENA. En particular el numeral 11


11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.    


CASO 3

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los deberes, proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:

1.)  ¿En qué capítulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los Aprendices Identifiquen sus Faltas?

En el Capítulo III Deberes del Aprendiz SENA, así como, el Capítulo IV Prohibiciones del Aprendiz SENA.

2.)  ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados?

El Reglamento del Aprendiz Sena, en su Artículo 9°. Consagra:

Se entiende por Deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.

Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:

3. Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.

De igual manera, El Reglamento del Aprendiz Sena, en su Artículo 10°. Consagra:

5. Aportar Documentación o Información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma.


3.)  ¿Están obligados lo Aprendices a participar en la Visita Técnica?

De conformidad al Reglamento del Aprendiz SENA los Aprendices deben Participar en la Visita Técnica.

El Reglamento del Aprendiz Sena, en su Artículo 9°. Consagra:

Se entiende por Deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los bienes de la institución.

Son deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los siguientes:

1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas durante su etapa lectiva y productiva.

4. Participar en las actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.





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