Participación FORO "Mis Deberes y Derechos como Aprendiz SENA"
Cordial Saludo
En primera instancia felicitar a los Compañeros que han
venido participando de manera activa en el presente Foro de Discusión; considero
que ese es el verdadero aporte de este proceso coe-valuativo.
Con enorme satisfacción recibo sus observaciones, las cuales
revelan el dominio e interés por llegar a la raíz de los eventos, condición
excepcional de unos buenos Gestores de Mercado.
De conformidad con lo
preceptuado en este Curso de Formación, así como, la experiencia personal
adquirida, Me permito dar Respuesta los Interrogantes, de la Siguiente manera:
El Reglamento del
Aprendiz Sena, en su Artículo 3°.
Consagra:
“Se considera aprendiz SENA a toda persona
matriculada en los programas de Formación Profesional de la Entidad, en
cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes
modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser
consciente y vivenciar que Derechos y Deberes son correlativos e inseparables
en su Proceso Formativo” ARTÍCULO
7.
En el mismo sentido, El
Reglamento del Aprendiz Sena, en su Artículo
7°. Consagra:
“El Derecho es la potestad que tiene el Aprendiz de gozar de
libertades y oportunidades sin exclusión por razones de género, raza, origen
familiar, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política o
filosófica. Principalmente todas las personas tienen derecho a la educación y
al desarrollo de su personalidad, garantizando a su vez, su desarrollo armónico
e integral”
CASO 2
De acuerdo con la intención
de Nicolás de hacer una Solicitud Oficial para recibir los Juicios de evaluación
de las evidencias presentadas:
1.) ¿En qué Capítulo, Artículo e
ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha
solicitud de manera respetuosa y formal?
En
la situación descrita en el Caso 2, considero que el Aprendiz Nicolás se encuentra
en todo su Derecho de presentar dicha solicitud y, para ello dispone del correspondiente
Fundamento Técnico y Legal. (Capítulo II
Derechos del Aprendiz SENA)
Por
lo tanto, le recomiendo que en su Solicitud haga Referencia al Artículo 7°. Del
Reglamento del Aprendiz SENA. En particular el numeral 11
“
…
11.
Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación
y la ruta de aprendizaje y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes,
los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas,
cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o
cancelación del registro de matrícula.”
CASO 3
De acuerdo con el
Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los deberes, proporcione una
respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1.) ¿En qué capítulo y en qué artículos se debe
apoyar el representante para que los Aprendices Identifiquen sus Faltas?
En
el Capítulo III Deberes del Aprendiz SENA, así como, el Capítulo IV Prohibiciones
del Aprendiz SENA.
2.) ¿Qué dice dicho reglamento frente a la
responsabilidad de los datos básicos actualizados?
El Reglamento del
Aprendiz Sena, en su Artículo 9°.
Consagra:
“Se entiende por Deber, la
obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con
determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para
propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana
convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los
bienes de la institución.
Son
deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los
siguientes:
3. Verificar en el sistema
que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos
de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.”
De
igual manera, El Reglamento del Aprendiz Sena, en su Artículo 10°. Consagra:
“
…
5. Aportar Documentación o Información
que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier
beneficio de la misma”.
3.) ¿Están obligados lo Aprendices a participar en
la Visita Técnica?
De
conformidad al Reglamento del Aprendiz SENA los Aprendices deben Participar en
la Visita Técnica.
El Reglamento del
Aprendiz Sena, en su Artículo 9°.
Consagra:
“Se entiende por Deber, la
obligación legal, social y moral que compromete a la persona a cumplir con
determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, para
propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común, la sana
convivencia, el servicio a los demás, la seguridad de las personas y de los
bienes de la institución.
Son
deberes del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los
siguientes:
1. Cumplir con todas las
actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de mejoramiento, definidas
durante su etapa lectiva y productiva.
4. Participar en las
actividades complementarias o de profundización, relacionadas con el programa
de formación, con el fin de gestionar su proceso de aprendizaje.
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